El diputado Julio Huerta explicó cómo será el método para la revocación de mandato en Puebla que se podrá aplicar tras su legislación.
📢Será a partir del 15 de enero que el #Congreso de Puebla comience las mesas de trabajo sobre la iniciativa de revocación de mandato del Poder Ejecutivo😮.
— Alcance Diario – Noticias desde Puebla (@AlcanceDiario) December 9, 2025
👉El diputado Julio Huerta explicó el mecanismo por el que se llevaría a cabo el proceso.
Vía: @LaloGarcia08_ pic.twitter.com/E5LlfNcztD
En rueda de prensa, el morenista señaló que a partir del 15 de enero comenzarán las mesas de trabajo para socializar el tema.
Pues recordó que en meses pasados ya ingresó una iniciativa de reforma que tuvo que armonizarse desde su aprobación a nivel federal.
De este modo, expuso que desde 2019 se implementó en el país dicho procedimiento para la presidencia y desde 2020 los estados estaban obligados a homologar los términos en su territorio.
Sin embargo, hasta hoy día en Puebla no se ha logrado, por lo que el Congreso local cumplirá con esta determinación.
¿Cómo se hará la revocación de mandato en Puebla?
El legislador de la bancada de Morena explicó que, una vez aprobado, el procedimiento de revocación de mandato podrá solicitarlo la ciudadanía.
Para ello, al menos el 10 por ciento de la lista nominal de 109 municipios del estado deberán recabar firmas con la petición.
Tras ello, el Instituto Electoral del Estado (IEE) tendrá 30 días para determinar la procedencia de las mismas y comenzar con el proceso.
Finalmente, una vez que se apruebe habrá 90 días de plazo para realizar el procedimiento, el cual se estima pudiera establecerse el primer domingo de junio del 2027 a la par de las elecciones constitucionales.
Con ello, la ciudadanía tendría que emitir su voto libre y secreto en las urnas para decidir si el o la titular del Poder Ejecutivo en Puebla es removido.
Esto podrá ser posible únicamente luego de la primera mitad de la administración estatal en turno.
Tras la jornada, el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) tendrá que declarar la validez de la consulta.
Para ser procedente, es necesario que el 50 por ciento ciento de los votos válidos emitidos soliciten la revocación de mandato.
Y para ser vinculante, debe participar como mínimo el 40 por ciento de la lista nominal del estado.
Una vez que se declare la validez, el titular de la Secretaría de Gobernación en turno será gobernador interino.
Finalmente, el Congreso del Estado te dará un periodo de 15 días naturales para designar a el o la titular del Poder Ejecutivo que concluirá el sexenio.

