La era digital permitió que mayor número de personas puedan acceder a plataformas, aplicaciones y redes sociales, lo que también permite que los usuarios puedan conectarse de forma anónima en un mundo que pudiera ser alterno a la realidad; sin embargo “lo virtual es real, ya que trasciende a la vida diaria”.
Así lo indicó Tonalli Pérez Saldaña, directora de Análisis de Violencia de Género del Consejo Ciudadano de Seguridad y Justicia del Estado de Puebla (CCSJ).
En entrevista con Alcance Diario, señaló que las personas deben aprender a identificar cuando son víctimas de acoso digital, el cual provoca daño a través de mensajes de discriminación, amenazas o con la intensión de humillar mediante el odio de forma digital y con imágenes explícitas sin consentimiento.
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Además, el mandar contenido erótico con el fin de molestar a la persona o solicitar el material sexual y difundirlo afecta psicológica a la víctima siendo factores de la violencia digital.
“LO QUE DESCRIBE A LA VIOLENCIA DIGITAL SON LOS COMPORTAMIENTOS, CONDUCTAS Y ACTOS DE VIOLENCIA QUE SE EJERCEN PARCIAL O TOTALMENTE A TRAVÉS DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y QUE GENERAN DAÑO PSICOLÓGICO, FÍSICO, ECONÓMICO Y SEXUALES A LAS PERSONAS”, SEÑALÓ.
Podrás identificar la violencia digital, la cual podrá ser denunciada cuando:
Se exponga, distribuya, difunda, exhiba, se comercialice, intercambie y compartan imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona, sin su consentimiento, a través de correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio tecnológico.
Además, de que se grabe en audio, video, o fotografías reales o simulando contenido sexual íntimo de una persona mediante engaños o sin su autorización.
“A NIVEL MUNDIAL, 9 DE CADA 10 VÍCTIMAS QUE RECIBEN LA DISTRIBUCIÓN DE IMÁGENES SEXUALES Y ERÓTICAS SIN CONSENTIMIENTO SON MUJERES”, RECALCÓ.
De acuerdo con el INEGI, en 2020, cuatro de cada 10 mujeres son víctimas de violencia digital o ciberacoso y reciben insinuaciones o propuestas sexuales, mientras que 3 de cada 10 mexicanas reciben contenido sexual sin solicitarlo que en su mayoría son hombres los que ejercen la violencia.
Cabe destacar que el 29 de abril de 2021 se aprobó en todo el país la denominada “Ley Olimpia” que sanciona la difusión de material sexual sin autorización; en Puebla las sanciones van de 3 a 6 años de prisión y una multa de 1000 a 2000 UMAS, que equivale en este año a 96 mil 220 y hasta 192 mil 440 pesos.
Mientras que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia incluyó el concepto de violencia digital con el fin de prevenir y sancionar la difusión sin consentimiento de imágenes sexualizadas de las féminas.

