El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó dos sentencias emitidas por el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) en los juicios ciudadanos de los municipios de Tepanco de López y de Molcaxac.
En la Sala Regional de la CDMX, los magistrados desecharon la sentencia emitida por el TEEP que declaró nulidad de la elección en junta auxiliar de San Luis Temalacayuca en el municipio de Tepanco de López.
Los magistrados consideraron que el organismo en la entidad poblana no contó con “información que pudiera resultar útil o necesaria para dilucidar la controversia” sino que se trata de un juicio de naturaleza extra comunitaria.
Con ello, señalaron que el TEEP debió analizar la interrelación existente entre los derechos individuales, colectivos y posibles restricciones estatales para garantizar los derechos de esa comunidad.
Cabe recordar que durante la sesión del pasado 07 de febrero el TEEP anuló la elección en San Luis Temalacayuca, por presuntamente excluir a la población indígena durante la jornada de la renovación de la presidencia.
Respecto al juicio ciudadano 54/2022 que controvierte la sentencia del TEEP que confirmó la emisión de la convocatoria, los resultados de la jornada plebiscitaria declarando la validez de la elección y la entrega de constancia de mayoría de la planilla ganadora en la junta auxiliar de Santa Cruz Huitziltepec, en el municipio de Molcaxac.
Los magistrados consideran por unanimidad que el organismo electoral en la entidad no obtuvo los elementos necesarios para verificar un sistema normativo interno y establecer las reglas durante la jornada, al ser extracomunitario omitiendo los usos y costumbres dejando de lado la perspectiva pluricultural vulnerando los derechos de la comunidad indígena.
La impugnación ante el TEEP fue contra la Comisión Plebiscitaria que no cumplió con las bases de la convocatoria al violentar la legalidad y certeza del proceso que excluyó a la comunidad indígena.

