En 2024 aumentará el precio de las licencias de conducir en PueblaFotografía: Especial

De acuerdo con la Ley de Ingresos para el Estado de Puebla, para 2024 las licencias de conducir tendrán un aumento que va de los 40 hasta los 145 pesos.

Por lo que los costos actualizados para las licencias de conducir en Puebla son:

  • Licencia de conducir con vigencia de 3 años: 815 pesos
  • Por cinco años: mil 260
  • Licencia permanente: dos mil 670 pesos

De la misma forma, la licencia provisional con vigencia de 6 meses para automovilistas o motociclistas quedará en 505 pesos.

Resalta el regreso de la licencia permanente para automovilistas, ya que, en 2019, el exmandatario Miguel Barbosa Huerta canceló esta modalidad.

Si deseas tramitar o renovar tu licencia de conducir para automovilista, motociclista y/o chofer particular deberás hacer cita en AQUÍ.

Requisitos para tramitar tu licencia de conducir en Puebla

Para tramitar tu licencia de conducir en Puebla tienes que llevar estos requisitos:

  • Folio impreso de cita agendada (Copia)
  • Copia certificada del acta de nacimiento actualizada (Original y 1 copia)
  • Identificación Oficial vigente con Fotografía y firma de la persona solicitante  (Original y 1 copia)
  • CURP. (1 copia)
  • Comprobante de domicilio. (Original y 1 copia)
  • Comprobante de domicilio. (Original y 1 copia)
  • Documento migratorio vigente en caso de tener nacionalidad diferente a la mexicana. (Original y 1 copia)

En cuanto a los automovilistas, la Ley Manu establece la reducción de velocidad por debajo de un umbral de seguridad, por lo que las velocidades máximas no deberán rebasar las siguientes:

  • 20 kilómetros por hora en calles locales, entornos escolares, hospitales, asilos, albergues y casas hogar;
  • 30 kilómetros por hora en calles secundarias y calles terciarias;
  • 50 kilómetros por hora en avenidas primarias sin acceso controlado;
  • 80 kilómetros por hora en carriles centrales de avenidas de acceso controlado;
  • 80 kilómetros por hora en carreteras estatales fuera de zonas urbanas, 50 km/h dentro de zonas urbanas, y
  • Ninguna intersección, independientemente de la naturaleza de la vía, podrá tener una velocidad de operación mayor a 50 km/h en cualquiera de sus accesos.