El Congreso de Puebla aprobó por mayoría las modificaciones a la Constitución Mexicana en materia de reducción de la jornada laboral a 40 horas.
📣Con 40 votos a favor, el @CongresoPue aprobó la modificación a la Constitución Mexicana en materia de reducción de la jornada laboral a 40 horas.🫡🥳🤝.
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En sesión del pleno se validó con 40 votos a favor el dictamen que previamente revisó la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.
Diputados del grupo mayoritario expresaron que la propuesta dignifica las condiciones laborales de las y los mexicanos.
Mientras que, por la oposición, la diputada Delfina Pozos reprochó que el dictamen se aprobó en fast track, pues se envió a la Legislatura para su revisión apenas unas horas antes de que se presentó en el pleno.
La priista señaló que esto violó la Ley Orgánica del Congreso, debido a que una iniciativa debe presentarse al menos 24 horas antes de su análisis en el pleno.
Con lo que las y los diputados no pudieron realizar una revisión profunda de los puntos de la reforma constitucional.
Por su parte, Fedrha Suriano exigió que haya modificaciones al dictamen, pues es necesario establecer que las y los trabajadores gocen de dos días de descanso por cada cinco de labor.
📢La diputada @FedrhaSuriano expuso que la reducción de la jornada laboral debe aplicarse a partir de este año y no hasta 2030 como se aprobó a nivel federal. También exigió que se establezcan dos días de descanso por cada cinco trabajados🤝🤩.
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Además, señaló que la reducción a 40 horas debe aplicarse de inmediato y no de manera gradual como el proyecto establece.
¿Qué implica la reforma para reducción de la jornada laboral en Puebla?
El proyecto en mención reforma el artículo 123, Apartado A, fracción IV de la Constitución Mexicana y plantea que la reducción a a 40 horas se alcanzará de manera gradual
Esto a partir del 1 de enero del año correspondiente, conforme a lo siguiente:
| Año | Jornada Laboral |
| 2026 | 48 |
| 2027 | 46 |
| 2028 | 44 |
| 2029 | 42 |
| 2030 | 40 |
En cuanto a las horas extra, el dictamen señala que se abonará como salario por este tiempo un cien por ciento másde lo fijado para las horas ordinarias.
Mientras que las horas extraordinarias no habrán de exceder doce horas en una semana, las cuales podrán distribuirse en hasta cuatro horas diarias, en un máximo de cuatro días en ese periodo.
📢La comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales analiza la armonización de la Constitución de #Puebla sobre el dictamen para la reducción de la jornada laboral a 40 horas👀🤝.
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Tras la doceava hora, la persona empleadora deberá pagar doscientos por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada ordinaria
El proyecto también establece que las personas menores a 18 años no podrán laborar horas extras.

