El pleno del Congreso local recibió una iniciativa para que la legítima defensa se aplique con perspectiva de género, con el fin de proteger a las mujeres que actúan por miedo ante antecedentes de violencia.
La propuesta reforma el artículo 26 y adiciona un párrafo al artículo 27 del Código Penal del Estado de Puebla, esto con el objetivo de fortalecer la protección de las mujeres frente a la violencia.
La legisladora Celia Bonaga Ruiz presentó la iniciativa este 19 de febrero, quien señaló que los artículos actuales establecen normas generales de legítima defensa, sin considerar el historial de violencia de género.
📢La diputada Celia Bonaga presentó una iniciativa para que la legítima defensa se aplique con perspectiva de género, evitando sanciones cuando la víctima actúe por miedo, considerando el historial de violencia previa. La propuesta reforma el artículo 26 y adiciona un párrafo al… pic.twitter.com/l9TZkrPI5v
— Alcance Diario – Noticias desde Puebla (@AlcanceDiario) February 19, 2026
Por lo que destacó que la propuesta garantiza acceso a la justicia, evita la revictimización institucional y brinda certeza jurídica a mujeres que actúan en legítima defensa frente a contextos violentos.
Bonaga Ruiz, aclaró que la legítima defensa no debe limitarse a una regla técnica de exclusión del delito, ya que el Estado de proteger la integridad de la víctima frente a un ataque injusto.
La iniciativa surge del caso de Alina Narciso, policía municipal de Tijuana, víctima de su pareja. Quien en intentó defenderse de una agresión letal usando el arma del agresor, le causó su muerte.
Por lo que Alina fue sentenciada a 45 años de prisión, pese al historial de violencia sistemática y los golpes que presentaba.
Iniciativa busca establecer presunción de legítima defensa
En este contexto, la legisladora indicó que este caso evidencia que el criterio judicial tradicional es insuficiente para comprender la dinámica de la violencia de género.
Por ello, aseguró que la iniciativa busca establecer presunción de legítima defensa y prohibir sanciones por exceso cuando la víctima actúe por miedo o terror.
La reforma también obliga a la Fiscalía General del Estado a aplicar perspectiva de género desde la integración de la carpeta, evitando revictimización.
Mientras que los agentes del ministerio público deben investigar antecedentes de violencia de género y familiar antes de imputar exceso en legítima defensa, evitando encarcelar inocentes innecesariamente.
“Es un llamado a justicia sustantiva para que ninguna mujer poblana tenga que elegir entre morir a manos de su agresor o morir en vida tras las rejas por haberse atrevido a defenderse”, señaló.

