Oficial: Plataformas de hospedaje pagarán impuestos en PueblaFotografía: Especial/ Alcance Diario

Plataformas de hospedaje como Airbnb pagarán impuestos en Puebla, pues ya se publicó el reglamento para su operación.

El pasado 6 de septiembre se emitió en el Periódico Oficial del Estado el acuerdo de reglas generales para brindar servicios de hospedaje. 

La iniciativa enviada por el gobernador, Sergio Salomón Céspedes en julio pasado, obliga a las aplicaciones a retener el impuesto correspondiente al 3% de sus servicios. 

Entre las plataformas que deberán acatar esta norma se encuentran Airbnb, Booking, Trip Advisor y Vrbo. 

El ahora denominado Impuesto sobre Servicios de Hospedaje tendrá que ser declarado a más tardar el día 17 de cada mes. 

Para presentar la declaración de estos recursos, las plataformas deberán informar sobre el total de noches reservadas, el monto total de la contraprestación por noches ocupadas reservadas y el monto total del impuesto retenido. 

El acuerdo también establece que los prestadores de este servicio deberán darse de alta en el Registro Estatal de Contribuyentes. 

Esto, ya sea como persona física, moral o como unidad económica administradora de la plataforma digital para ofertar hospedajes. 

Con este decreto, Puebla se convierte en el estado número 16 en cobrar este impuesto, mismo que surgió para inhibir la competencia desleal.

Las modificaciones aprobadas por el Congreso de Puebla se hicieron al artículo 24 de la Ley de Hacienda para el Estado de Puebla.

Añadiendo un apartado “B” denominado “De las plataformas digitales de los servicios de hospedaje”.

Algunas de las modificaciones realizadas fueron: 

  • Retener el impuesto que cause conforme a las disposiciones contenidas en la ley
  • La retención se efectuará en el momento en que se pague la contraprestación por los servicios contratados.
  • Declarar y enterar el impuesto retenido.
  • Realizar el traslado de impuesto, en forma expresa y por separado, a las personas a quienes se presten los servicios de hospedajes.
  • Expedir y conservar copia de documentación del servicio prestado.
  • Presentar la denominación o razón social, domicilio fiscal y en su caso, clave del registro de contribuyentes.