Erick Villalobos - Tinte Legal - Alcance Diario

A ti que eres empresario, emprendedor o que tienes en mente comercializar un producto o servicio, debes saber que ante la importancia que reviste la identidad de una empresa, un producto o un servicio y en un entorno cada vez más globalizado, la protección de los activos empresariales constituye un tema vital, máxime cuando se trata de activos intangibles como lo es su marca pues no sólo sirve para identificar un negocio, producto o servicio, sino que lleva implícito el reconocimiento de una serie de valores intrínsecos que aportan un alto valor adicional. 

Si bien la mayoría de las empresas comprende el interés que reviste el uso de las marcas para diferenciar sus productos de los de sus competidores, no todas son conscientes de lo importante que es protegerlas a través del registro y quizá sea por no considerar el alcance que pudiera tener, pues su influencia puede detonar en un incremento sustancial en sus ventas derivado de la identificación que tienen los consumidores con la misma e, incluso, puede ampliar los nichos de mercado que inicialmente no estaban considerados dentro de la actividad principal.

Pero, como diría Jack el Destripador, “vamos por partes” y debemos comenzar por definir el concepto de marca, lo cual haré lo más claro posible.

Una marca es todo aquel signo perceptible a través de los sentidos para distinguir algún producto o servicio de una empresa que lo diferencia de otros, lo cual puede incluir un nombre, un término, una señal, un símbolo o una combinación de algunos de ellos, incluyendo elementos sonoros, olfativos, holográficos, tridimensionales, entre otros, conforme a la Ley de Propiedad Industrial.

La Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial establece en su artículo 176 que las marcas deben registrarse conforme el producto o servicio que corresponda según la clasificación que se establezca, en tanto que el Reglamento de la misma Ley establece en su artículo 59 que la clasificación de productos y servicios será con base en la Clasificación de Niza, que, dicho sea de paso es una clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de las Marcas (vigente, establecida en virtud del Arreglo de Niza, con el fin de  ayudar y dar certeza jurídica a los usuarios del sistema marcario mexicano).

Actualmente se cuenta con 45 clases, siendo de la 1 a la 34 para todo lo relativo a productos y de la 35 a la 45 en todo lo que tenga que ver con servicios, de tal manera que es indispensable hacer un análisis a fondo del elemento del cual se solicitara la protección marcaria para efecto de una correcta clasificación de la marca.

¿Ante quién se hace el registro?

El trámite se realiza ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), que es la autoridad competente en materia del registro de marcas en nuestro país, sin embargo, es importante considerar la asesoría de un especialista en la materia pues se requiere un análisis de viabilidad de registro de la marca para determinar si existe alguna marca previa que sea idéntica o similar en términos fonéticos y/o figurativos conforme a la informacion contenida en las bases de IMPI y el OMPI 

Así pues, al contar con una marca debidamente registrada, tienes el derecho de utilizar al margen tus logos o distintivos los símbolos “®” (Registrado) o “M.R.” (Marca registrada), lo cual te da certeza jurídica sobre este activo intangible tan importante para una empresa, pero al mismo tiempo tan descuidado, de tal manera que contar con el debido registro te otorgará el derecho de disponer de ella, licenciar su uso, cobrar regalías o simplemente evitar que alguien le dé un mal uso; considéralo seriamente, protege tu marca, pues es parte de tu empresa y tu patrimonio.

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